Educación para la ciudadanía
¿Existe
algún motivo jurídico por el cual todos los seres humanos somos iguales?
Objetivo: Analizar el significado jurídico posterior de los principios declaratorios de igualdad natural y protección a la vida, considerando la relación derechos – obligaciones y derechos – responsabilidades.
Fecha: 23 de jun. de 25
La igualdad natural
es una condición que tenemos los seres humanos. Este concepto lo trabajó el filósofo
Baruch Spinoza (Holanda, 1632-1677), quien plantea que la igualdad es parte de
la naturaleza humana, por tanto, no cabe el que alguien tenga más derechos que otros;
igual situación estableció en relación a la libertad (Spinoza, 2005). La igualdad
y la libertad son principios inherentes a la naturaleza humana y rigen para todas
las personas por esa condición. Ya en la época contemporánea, la igualdad humana
alcanza tintes políticos; por ejemplo, para el pensador de izquierda Rancière,
“la política debe ser la actividad que tenga por principio la igualdad” (Rancière,
2011).
Hubo
acontecimientos, como las dos guerras mundiales, que provocaron la muerte de
millones de personas y que indujeron a los gobernantes a retomar las tesis de
la igualdad natural y de inviolabilidad de la vida, y plantearse la necesidad
de proteger jurídicamente al ser humano de actos nefastos que puede generar su
propia especie.
Después de la
Segunda Guerra Mundial, la UNESCO promovió el reconocimiento de los derechos
humanos que son inherentes a la naturaleza humana, y sobrepasan a cualquier
ley. Estos tienen como fin proteger al ser humano de todo acto que ponga en
riesgo o atente contra su vida; además de reconocer su igualdad natural para
evitar factores de discriminación de cualquier tipo y posibilitar la justicia,
la convivencia en paz y el desarrollo integral.
Responsabilidades
y obligaciones
Fue necesario que
los derechos humanos fueran reconocidos en el marco jurídico de los países para
que existiese una obligatoriedad jurídica de cumplimiento y no se quedaran como
meros ideales.
Esta declaración ha
sido la base de múltiples documentos internacionales y nacionales que han
reconocido derechos humanos de grupos con necesidades de atención prioritaria
como: niños, mujeres, personas con discapacidad, personas privadas de la
libertad, adultos mayores, migrantes, grupos GLBTI, pueblos tribales del mundo,
entre otros.
GLBTI. Siglas internacionales para
designar a gays, lesbianas, bisexuales, transexuales e intersexuales.
A pesar de que
existe un marco jurídico que garantiza el ejercicio de los derechos humanos,
estos siguen siendo afectados, lo cual ha provocado sufrimiento y destrucción
de sociedades enteras.
Pero la realización
plena de los derechos humanos depende también de la adopción de
responsabilidades y deberes políticos, sociales, morales y éticos implícitos,
que deben ser cumplidos por todos: individuos, sociedad civil, Estados y la
comunidad global en general (ONU, 1998). Así, por ejemplo, si una persona se
acoge al derecho a la vida, está obligado a ser respetuoso con el derecho a la
vida de los demás; si una persona exige igualdad, debe evitar cualquier trato
excluyente hacia otro ser humano.
En procura de
garantizar el cumplimiento de los derechos humanos, ha sido necesario que la
humanidad genere nuevos documentos internacionales como la Declaración
Universal de Responsabilidades y Deberes Humanos que, a decir de Norberto
Bobbio (Italia, 1909-2004), no debe estar dirigida solo a los gobiernos, sino a
la sociedad e individuos que tienen la obligación de hacerla efectiva (Bobbio,
1998 en ONU).
Deberes
de la comunidad global
·
Promover un equitativo orden global basado en la cooperación,
participación, reparto equitativo de los recursos y beneficios del desarrollo
científico y tecnológico.
·
Cooperar para que las generaciones presentes y futuras tengan una
existencia en paz, sin amenazas nucleares, destrucción ambiental, pobreza, o
graves violaciones a sus derechos.
·
Promover la paz y el desarme.
·
Conducir el impacto de la tecnología y avances científicos.
·
Cooperar para prevenir, castigar y erradicar la criminalidad
internacional y la corrupción.
·
Promover gobiernos participativos, la diversidad cultural, respeto
de los derechos de las minorías, proteger derechos de los pueblos indígenas,
erradicación de toda forma de discriminación, etc.
Declaración Universal de
Responsabilidades y Deberes Humanos. ONU. 1998
Actividad: Lea y analice el contenido, para poder hacer el Taller N° 2
Solo debe desarrollar y completar el Taller N°2.




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